Financiación Privada

Estos son los conceptos básicos para conseguir inversión para emprender dentro del sector primario:

Análisis previo:

A la hora de plantearse una incorporación al sector primario hay diversas cuestiones que debemos de tener en cuenta, siendo “la financiación con la que contamos para realizar aquellas inversiones necesarias para emprender dicha incorporación” una de las que más desconocimiento suele haber. Para revisar esta cuestión consideramos fundamental tener claro el proyecto que se quiere poner en marcha y, para ello, recomendamos la realización de un Análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades).

Proyecto de inversión:

Hay que tener en cuenta ciertas cuestiones:

  • Justificación de la inversión
  • Motivo de la inversión
  • Influencia de la inversión en mi explotación
  • ¿Cómo voy a repagar la nueva deuda?
  • ¿Para qué necesito la financiación?
  • ¿Cuánta financiación necesito?
  • ¿Cómo será la financiación?

Proyecto de incorporación:

Para que nuestra idea cobre forma hemos de elaborar un proyecto empresarial basado en un estudio real y contrastado. Por ello, antes de solicitar cualquier ayuda o financiación, es fundamental una realización pormenorizada del mismo. En este sentido, pueden ser de gran ayuda los entes especializados como, por ejemplo, los sindicatos agrarios. Cuestiones como si el negocio es clave en la zona, si existe demanda del producto o servicio a ofrecer, si la ubicación es la adecuada, etc… son las que deben responderse en dicho estudio.

Hemos de conseguir que el documento genere confianza, pues un proyecto ambiguo o que no esté suficientemente detallado puede generar justo lo contrario, desconfianza. Además, y esto es de enorme importancia, nos permitirá saber la viabilidad o no del mismo pues no tiene sentido, por ejemplo, poner una plantación en regadío si no se tiene garantizado el suministro de agua, bien porque pueda haber problemas de abastecimiento, no se puedan adquirir acciones de suministro o el coste que pueda tener el mismo es excesivo para ese tipo de cultivo.

La entidad, privada o pública, que vaya a estudiar tu proyecto empresarial, realizará un rastreo de tu historial crediticio. Por lo tanto, es de gran importancia leer y comprender lo que se firma para luego no llevarse sorpresas. Si la persona física o jurídica aparece en algún registro de morosidad, se hará más complicado la obtención de financiación y también la concesión de ayudas europeas (por ejemplo, las ayudas de la PAC). Es necesario advertir sobre la importancia de pagar puntualmente la financiación.

Muchas veces nos dejamos llevar por la concesión del riesgo y no valoramos adecuadamente si esa es o no la estructura de financiación adecuada para nuestra explotación, lo que puede repercutir a la hora de tener retrasos e incluso impagos en el futuro y convertirse en un hándicap para seguir teniendo acceso al crédito. Pensad que en el sector primario las necesidades suelen ser recurrentes (préstamos campaña, anticipo de ayudas, nuevas inversiones) y no sólo hay que tener un buen historial, sino que hay que seguir manteniéndolo de cara al futuro.

Por ejemplo: si tengo una actividad donde mis ventas se producen 2 veces al año, no debería aceptar un préstamo con amortizaciones mensuales ni para mi actividad profesional ni para mi vida privada (por ejemplo, en el caso de una hipoteca para la adquisición de mi vivienda habitual), pues, en tal caso, corro el riesgo de sufrir esos retrasos y, aunque a posteriori los ponga al día, mi historial quedará marcado, lo que repercutirá negativamente en la futura obtención de financiación tanto con la entidad con la que haya gestionado esa financiación como con el resto de entidades.

Se debe indicar para qué se necesita dicha financiación (maquinaria, circulante, compras, etc…) y solicitar los periodos de amortización acordes a la finalidad. Es de vital importancia cuantificar el proyecto en su globalidad. Por ejemplo: cuánto costará la puesta en marcha (en arrendamiento, en propiedad) y cuánto será necesario para el mantenimiento del mismo hasta que empiece a dar beneficio. No es lo mismo un cultivo leñoso, que normalmente hasta el año 3 no produce y hasta el 5 no es autosuficiente, que un cultivo hortícola o una granja, cuyo retorno suelen producirse en menor tiempo.

También será clave explicar detalladamente como se va a conseguir la liquidez necesaria que permitirá ir amortizando el préstamo o la ayuda con previsiones coherentes y fiables. Por ejemplo: si hay aportación de fondos propios y si los mismos provienen de terceras personas o es ahorrado, si se contará con otros entes que aportarán capital, etc… Normalmente, a las entidades financieras no les gusta financiar el 100% de la inversión y de ahí que en tal caso se debiese de contar con avalistas para que pueda acogerse a dicha financiación.

Un buen proyecto empresarial ya ha estimado el capital mínimo necesario para llevarlo a cabo y también que parte necesitará de financiación externa. Por tanto, la cuantía no debe de negociarse. En cambio, lo que sí se puede hacer, como advertíamos en el apartado anterior, es negociar las condiciones en función de la misma (tipo de interés, avales a presentar, plazos de amortización o carencia, etc…) siempre teniendo en cuenta que sean viables y coherentes para que el proyecto permita el repago sin demoras.

Si acepto una financiación que me permite poner en marcha el proyecto pero que, según mis cálculos, no va a ser suficiente para llegar hasta el momento en el que la explotación empiece a generar ingresos, lo que sucede es que mis posibilidades de éxito disminuyen considerablemente. Muchas veces estimamos que la concesión es suficiente en base a previsiones que no son seguras y esto es un error pues, en caso de que no se cumplan las mismas, será mucho más difícil acceder al crédito y, en caso de que sí se obtenga, será en unas condiciones peores en cuanto a tipo de interés, plazo, etc…

Por lo expuesto, a la hora de presentar nuestro proyecto, el importe debe de ser el mínimo imprescindible y no puede, en ningún caso, ser inferior, pues es con ese importe con el que, en una situación de máxima prudencia, mi explotación conseguirá salir adelante asumiendo los costes previstos y lógicos según mi perfil y el de mi proyecto.

Es importante conocer lo que se hace. Las entidades financieras tienen muy en consideración si hay un relevo generacional o si se cuenta con una formación adecuada para realizar proyectos agrícolas o ganaderos. En este punto, los sindicatos agrarios toman mayor protagonismo al contar con personal cualificado para acompañar el proyecto y dar la formación mínima imprescindible para emprender un negocio rentable.

Formarse siempre es un plus de confianza y no siempre la misma está relacionada con el sector. Nos encontramos en una situación donde la innovación, la transformación digital y la sostenibilidad (tanto medioambiental, como de cohesión social y económica) tienen una especial relevancia, por lo que, que tener conocimientos y, sobre todo, aptitudes para enfocar un sector primario donde mezclar modernidad con tradición, serán bien valorados por los departamentos de riesgos que deben conceder la aprobación de la financiación.

Uno de los puntos imprescindibles para que vaya completo un proyecto en el sector primario es la cuenta de explotación o, si son diversas actividades o variedades, de las explotaciones. En este sentido, hemos de ser muy exhaustivos y cautos a la hora de proyectar la cuenta de explotación. En la misma hemos de pormenorizar todos los gastos y los ingresos, justificando los mismos con documentos acreditativos.

Por ejemplo, si he puesto que el coste del agua es X, debería de justificarlo con un certificado de la obtención de la misma para mostrar que, efectivamente, es así. Igualmente, si indico que el precio de venta es Y, debería de adjuntar el contrato o documento similar del porqué de ese precio.

Hay varias cuestiones que no es posible justificar, bien porque no estén cerradas o bien porque sean novedosas. En estos casos, nos tendremos que ir a las medias que indiquen los documentos públicos.

Por ejemplo: en una explotación de cítricos, si no tengo el precio cerrado por el comprador de los mismos porque no todos los años es el mismo o porque vendo a través de una cooperativa o en lonja según precio de mercado, etc… lo que haré es ir al precio medio de los últimos 5 años que hay para esa variedad según los precios medios en origen publicados en la web de mi Comunidad Autónoma.

Otra forma de justificar un precio medio es mediante un documento de los resultados de la explotación, aun cuando no haya sido yo el propietario de la misma, por ejemplo: lo vendía mi padre y ahora me encargo yo realizando el relevo generacional de esa finca o granja”.

Documentación:

DNI en caso de persona física y CIF, escritura de constitución y apoderamientos en caso de persona jurídica.

Certificado de alta, modelo 036 o último IAE pagado.

Contar con estudios o cursos que acrediten conocimientos siempre son importantes a la hora de valorar a un cliente que empieza en el emprendimiento de cualquier sector, también en el sector primario. Conoce más en nuestra sección formación.

Si el nuevo agricultor ha estado trabajando previamente en el sector, bien por cuenta ajena o porque ha participado en la explotación familiar, también es un factor a tener en cuenta.

Si cuenta con algún tipo de ayuda (por inicio de actividad, modernización, por la compra de la explotación o a la hora de su comercialización) es importante conocerlas. Todas estas ayudas suelen formar parte de la PAC, bien en el primer pilar o en el segundo pilar. En este sentido, es importante conocer los derechos de la misma, si son recurrentes o no, su plazo, etc… 

Donde se encuentra (preferiblemente con una identificación clara como puede ser el SIGPAC o el REGA), si es secano o regadío, nº de árboles o cabezas de ganado, así como una cuenta de explotación (ingresos brutos e ingresos netos), siendo muy importante poder justificar en lo posible lo que se indica en la cuenta. Por ejemplo: si hay contrato cerrado de venta, pues podrá ponerse el precio del mismo, pero, si no lo hay, habrá que irse a medias según información en documento oficial.

Aunque lo desarrollaremos más adelante, es muy importante diferenciar entre el proyecto de incorporación y el proyecto de inversión, siendo los 2 igualmente importantes a la hora de solicitar financiación.

Bienes y propiedades que tiene el solicitante. Aunque a priori pueda parecer poco importante porque no sean bienes relacionados con el sector, nos permiten conocer la capacidad ahorradora del solicitante en el caso de que previamente haya tenido alguna actividad laboral.

Igual que en el apartado anterior, nos da respuesta al funcionamiento financiero del solicitante.

Deudas actuales con el último recibo pagado de cada una de ellas.

Si ya ha hecho frente a alguna deuda es importante ponerlo de relieve para demostrar su compromiso y capacidad de pago.

Todos aquellos con los que cuente el solicitante: Impuesto de Sociedades en caso de ser persona jurídica, Renta, IVAs, Retenciones, Clientes y Proveedores, etc… Algunos de éstos, por el tipo de actividad, no serán obligatorios y, por tanto, no se hacen necesarios.

Los avales: Este punto lo desarrollamos aparte porque el aval puede cambiar las condiciones o los plazos. Hay DIVERSOS TIPOS DE AVALES, aquí expondremos los más importantes y sus características:

Cuando la operación es avalada personalmente por personas terceras. Esto implica que, en caso de que el titular no pague, lo tendrán que hacer estas personas. Normalmente, suelen ser personas del entorno familiar del titular (padres, hermanos, parejas, etc…). Se busca que estas personas tengan ingresos diferentes a los de la explotación a desarrollar para que, si esta no funciona, haya otra fuente de ingresos. Dentro de los mismos también se valora si tienen bienes en propiedad, ahorros, etc.

Estos avales no suelen mejorar el plazo de la operación, que como máximo es de 8 años en garantía persona, pero sí las condiciones, ya que, cuando menor es el riego, mejores condiciones se pueden negociar con quien presta la financiación.

Cuando se pone un dinero que cubre parte o toda la deuda. Estos sí suelen modificar el plazo de la operación, ya que se consideran, al igual que ocurre con las hipotecarias, como garantías reales, de manera que los plazos pueden llegar a ser superiores a los 10 años. Si el titular no paga, se podrá amortizar parcial o totalmente la financiación en función de lo firmado.
Son garantías reales y permiten que el plazo de amortización sea superior, pudiendo llegar, normalmente, a plazos de amortización de hasta 15 años. Aquí sirven tanto bienes inmuebles del titular como de terceras personas que no avalarían la operación pero que sí prestan el bien como garantía. Se denominan en tal caso garantes hipotecarios. Los bienes pueden ser viviendas, terrenos, otras explotaciones, naves industriales, etc…

En este punto cobran especial relevancia las SGR O SOCIEDADES DE GARANTÍA RECÍPROCA, que son entes, normalmente con capital, total en parte, de las Administraciones Públicas, que se encargan de avalar operaciones para fomentar el sistema empresario y emprendedor del país. Cada Comunidad Autónoma suele tener una SGR y su aval suele tener un coste, aunque muchas veces está subvencionado.

Las SGR avalan todo tipo de operaciones, tanto de inversión como de circulante, y también hacen un estudio exhaustivo del proyecto, las garantías y la capacidad de reembolso. Si bien, suelen ser más flexibles que las entidades financieras respecto de los plazos o de los plazos de devolución de la inversión.

Las SGR autonómicas también pueden solicitar hipotecas, pero aquí, por ejemplo, pueden entrar, por su regulación, en porcentajes de financiación sobre el valor del bien superiores a aquellos que pueden alcanzar las entidades financieras. Estos avales se pueden solicitar directamente en la página web de la SGR o través de un banco adherido a ese convenio.

En ocasiones, cuando la Comunidad Autónoma quiere dinamizar la actividad empresarial le da ventajas fiscales a la inversión de proyectos que cuenten con el aval de su SGR. Por ejemplo: en Murcia, AVALAM, que es la SGR de la Comunidad Autónoma de la Región, a la hora de comprar un bien inmueble, si se financia, al menos, el 50% de la compra con un préstamo que esté avalado por AVALAM, en vez de pagar el 8% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, paga un 1% y en el caso del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, en vez de pagar el 1,5% del valor del bien, paga el 0,1%.

SAECA: Un caso especial dentro de las Sociedades de Garantía Recíproca o SGR

La SAECA o Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria es una SGR de ámbito estatal que sólo financia la inversión para el sector primario. Sus principales características son las siguientes:

  • No se hipotecan los bienes, por lo que, la garantía es personal, pudiendo llegar a plazos de hasta 15 años, algo que se diferencia de lo que, por regulación, puede hacer un banco.
  • Ofrece plazos y periodos de amortización y de carencia amplios que permiten adecuar la devolución del préstamo a la generación de recursos de la inversión avalada.
  • Evita “favores” o avales personales a la hora de avalar préstamos que pueden comprometer en un futuro.
  • Mejora en las condiciones financieras de los préstamos.
  • Permite avalar tanto a personas físicas como jurídicas, pero, en este último caso, siempre piden el aval de una persona física. En el caso de que se le conceda el aval a una persona física de 60 años o más se suele pedir que entre en la operación una persona, que ellos llaman continuador, de una edad inferior.
  • Saca líneas especiales donde las condiciones financieras son mejores pues el Estado en estos casos suele cubrir el coste del aval, que puede ir desde un 1,15 hasta un 1,25% del riesgo vivo de la operación. Un ejemplo de este tipo es la línea para circulante que suele sacar todos los años, la financiación del coste del Agroseguro u otras similares como la de financiación para maquinaria agrícola.

Igual que sucede con las SGR autonómicas, las propias CCAA pueden ofrecer ventajas fiscales cuando se financia a través de SAECA. Por ejemplo: en Andalucía se rebaja considerablemente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (de un 8 a un 2%) cuando se financia la compra del bien con una operación avalada, al menos al 50%, por cualquier SGR, ya sea Garantía o la propia SAECA.

Productos de inversión a largo plazo:
Con los PRODUCTOS DE LARGO PLAZO se financian todos aquellos bienes o servicios cuya vida útil vaya a ser superior a un año como, por ejemplo, todo lo que tenga que ver con adquisición del mobiliario (maquinaria, edificación, etc.) o con la adquisición de bienes inmuebles (explotación, nave industrial, oficina, etc.). Son las financiaciones de inversiones -activos fijos- que se hacen a largo plazo y buscando un retorno.

Para ello hay distintos productos y cada uno tiene su casuística, pero, lo más importante es que los pagos correspondientes a dicho producto se ajusten al periodo de ingresos que tenga la explotación. Los productos más extendidos son los siguientes:

El banco presta un importe determinado con un plazo (superior a los 2 años y que puede llegar a ser a mucho más plazo en función del tipo de garantía que aportemos, personal, hipotecaria, aval de una Sociedad de Garantía Recíproca, etc.) y un interés. Se calcula un cuadro de amortización y se pagan las amortizaciones después de un eventual periodo de carencia. En este caso, el titular es el propietario del bien y tiene que pagar el IVA del activo en el momento de la compra. Es muy importante, como hemos advertido, conocer todas las características para negociar las que mejor se ajusten a la amortización de la inversión y al flujo de ingresos de la explotación.

Estos avales no suelen mejorar el plazo de la operación, que como máximo es de 8 años en garantía persona, pero sí las condiciones, ya que, cuando menor es el riego, mejores condiciones se pueden negociar con quien presta la financiación.

Es un alquiler con opción de compra al finalizar el contrato, por lo que el titular puede adquirir o no el activo. La principal diferencia entre financiero y operativo suele producirse al nivel del precio en la opción de compra. Si dicha opción es a nivel de mercado es un leasing operativo y si está rebajado es un leasing financiero. En el leasing, la empresa es arrendataria del bien y sólo paga las cuotas. Aunque no está obligado a la adquisición del mismo, es común que sí lo haga poniendo como valor residual un último vencimiento.

En esencia, son leasing o renting, pero la diferencia radica en su origen. Se obtiene liquidez mediante la venta del bien a la entidad financiera y la entidad se lo alquila. En la modalidad de leasing lleva una opción de compra al finalizar el contrato

Se trata de un contrato de alquiler en el que no existe opción de compra. La empresa que proporciona el renting suele incluir servicios para asegurar el activo y que funcione correctamente (mantenimiento, seguro, etc.). El titular sólo paga las cuotas.

Las SGR avalan todo tipo de operaciones, tanto de inversión como de circulante, y también hacen un estudio exhaustivo del proyecto, las garantías y la capacidad de reembolso. Si bien, suelen ser más flexibles que las entidades financieras respecto de los plazos o de los plazos de devolución de la inversión.

Las SGR autonómicas también pueden solicitar hipotecas, pero aquí, por ejemplo, pueden entrar, por su regulación, en porcentajes de financiación sobre el valor del bien superiores a aquellos que pueden alcanzar las entidades financieras. Estos avales se pueden solicitar directamente en la página web de la SGR o través de un banco adherido a ese convenio.

En ocasiones, cuando la Comunidad Autónoma quiere dinamizar la actividad empresarial le da ventajas fiscales a la inversión de proyectos que cuenten con el aval de su SGR. Por ejemplo: en Murcia, AVALAM, que es la SGR de la Comunidad Autónoma de la Región, a la hora de comprar un bien inmueble, si se financia, al menos, el 50% de la compra con un préstamo que esté avalado por AVALAM, en vez de pagar el 8% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, paga un 1% y en el caso del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, en vez de pagar el 1,5% del valor del bien, paga el 0,1%.

SAECA: Un caso especial dentro de las Sociedades de Garantía Recíproca o SGR

La SAECA o Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria es una SGR de ámbito estatal que sólo financia la inversión para el sector primario. Sus principales características son las siguientes:

  • No se hipotecan los bienes, por lo que, la garantía es personal, pudiendo llegar a plazos de hasta 15 años, algo que se diferencia de lo que, por regulación, puede hacer un banco.
  • Ofrece plazos y periodos de amortización y de carencia amplios que permiten adecuar la devolución del préstamo a la generación de recursos de la inversión avalada.
  • Evita “favores” o avales personales a la hora de avalar préstamos que pueden comprometer en un futuro.
  • Mejora en las condiciones financieras de los préstamos.
  • Permite avalar tanto a personas físicas como jurídicas, pero, en este último caso, siempre piden el aval de una persona física. En el caso de que se le conceda el aval a una persona física de 60 años o más se suele pedir que entre en la operación una persona, que ellos llaman continuador, de una edad inferior.
  • Saca líneas especiales donde las condiciones financieras son mejores pues el Estado en estos casos suele cubrir el coste del aval, que puede ir desde un 1,15 hasta un 1,25% del riesgo vivo de la operación. Un ejemplo de este tipo es la línea para circulante que suele sacar todos los años, la financiación del coste del Agroseguro u otras similares como la de financiación para maquinaria agrícola.

Igual que sucede con las SGR autonómicas, las propias CCAA pueden ofrecer ventajas fiscales cuando se financia a través de SAECA. Por ejemplo: en Andalucía se rebaja considerablemente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (de un 8 a un 2%) cuando se financia la compra del bien con una operación avalada, al menos al 50%, por cualquier SGR, ya sea Garantía o la propia SAECA.

Productos de inversión a corto plazo:

Los PRODUCTOS DE CORTO PLAZO sirven para financiar activos corrientes, también llamados circulante, tales como existencias o saldos a cobrar de los clientes.

Esas necesidades pueden variar notablemente. Por ejemplo: si yo tengo una finca de olivar y tengo que cubrir los gastos de campaña, pero no voy a cobrar hasta que venda la aceituna a la cooperativa o la almazara, también es circulante si ya he entregado el producto y me pagan con un medio que no es inmediato (por ejemplo, pagaré a 30 días) y necesito hacer líquida ya ese importe. Los principales productos que hay para financiar el corto plazo son:

Funciona como el crédito clásico, pero normalmente tiene una fecha de vencimiento de 12 meses, pudiendo llegar excepcionalmente a 24 o incluso 36 meses por el periodo de maduración de las existencias, por ejemplo, con la producción de jamón ibérico en ciclo cerrado (desde el nacimiento hasta el producto final).

Estos avales no suelen mejorar el plazo de la operación, que como máximo es de 8 años en garantía persona, pero sí las condiciones, ya que, cuando menor es el riego, mejores condiciones se pueden negociar con quien presta la financiación.

Cuando se tiene constancia de que se va a recibir una ayuda, se puede pedir el anticipo de la misma ajustándose a la fecha en la que se va a recibir, así como si se recibirá por la totalidad o en distintas fases. Las entidades financieras suelen utilizar para dicho anticipo el préstamo personal a corto plazo (hasta 24 meses) y, con el compromiso del titular, que conforme se vaya percibiendo la ayuda se amortice el préstamo con el que se ha anticipado.

Es un poco el equivalente al descubierto autorizado que puede tener un particular. El banco permite a la empresa tirar de una línea de crédito hasta un máximo. El titular paga mensual o trimestralmente unas comisiones sobre el uso que hizo de la línea de crédito y, normalmente, también se paga un tipo de interés sobre lo no dispuesto.

El titular cede el cobro de sus facturas de clientes a una entidad financiera, lo que le permite adelantar el cobro de sus ventas a crédito. Existen varias modalidades con un factoring: sin recurso o con recurso. En el primer caso, si se produce un impago, está a cargo de quien emitió la deuda y de quien la adquirió (es decir el cliente y el banco) y, en el segundo caso, es responsabilidad de la compañía que cedió sus facturas, es decir el titular del factoring.

Las SGR avalan todo tipo de operaciones, tanto de inversión como de circulante, y también hacen un estudio exhaustivo del proyecto, las garantías y la capacidad de reembolso. Si bien, suelen ser más flexibles que las entidades financieras respecto de los plazos o de los plazos de devolución de la inversión.

Las SGR autonómicas también pueden solicitar hipotecas, pero aquí, por ejemplo, pueden entrar, por su regulación, en porcentajes de financiación sobre el valor del bien superiores a aquellos que pueden alcanzar las entidades financieras. Estos avales se pueden solicitar directamente en la página web de la SGR o través de un banco adherido a ese convenio.

En ocasiones, cuando la Comunidad Autónoma quiere dinamizar la actividad empresarial le da ventajas fiscales a la inversión de proyectos que cuenten con el aval de su SGR. Por ejemplo: en Murcia, AVALAM, que es la SGR de la Comunidad Autónoma de la Región, a la hora de comprar un bien inmueble, si se financia, al menos, el 50% de la compra con un préstamo que esté avalado por AVALAM, en vez de pagar el 8% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, paga un 1% y en el caso del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, en vez de pagar el 1,5% del valor del bien, paga el 0,1%.

SAECA: Un caso especial dentro de las Sociedades de Garantía Recíproca o SGR

La SAECA o Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria es una SGR de ámbito estatal que sólo financia la inversión para el sector primario. Sus principales características son las siguientes:

  • No se hipotecan los bienes, por lo que, la garantía es personal, pudiendo llegar a plazos de hasta 15 años, algo que se diferencia de lo que, por regulación, puede hacer un banco.
  • Ofrece plazos y periodos de amortización y de carencia amplios que permiten adecuar la devolución del préstamo a la generación de recursos de la inversión avalada.
  • Evita “favores” o avales personales a la hora de avalar préstamos que pueden comprometer en un futuro.
  • Mejora en las condiciones financieras de los préstamos.
  • Permite avalar tanto a personas físicas como jurídicas, pero, en este último caso, siempre piden el aval de una persona física. En el caso de que se le conceda el aval a una persona física de 60 años o más se suele pedir que entre en la operación una persona, que ellos llaman continuador, de una edad inferior.
  • Saca líneas especiales donde las condiciones financieras son mejores pues el Estado en estos casos suele cubrir el coste del aval, que puede ir desde un 1,15 hasta un 1,25% del riesgo vivo de la operación. Un ejemplo de este tipo es la línea para circulante que suele sacar todos los años, la financiación del coste del Agroseguro u otras similares como la de financiación para maquinaria agrícola.

Igual que sucede con las SGR autonómicas, las propias CCAA pueden ofrecer ventajas fiscales cuando se financia a través de SAECA. Por ejemplo: en Andalucía se rebaja considerablemente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (de un 8 a un 2%) cuando se financia la compra del bien con una operación avalada, al menos al 50%, por cualquier SGR, ya sea Garantía o la propia SAECA.

Consiste en confiar a una entidad financiera la gestión de los pagos a proveedores. La ventaja para el titular que contrata este tipo de servicio es simplificarse la gestión y poder negociar buenas condiciones con sus proveedores, ya que estos se pueden beneficiar del pago anticipado de sus facturas. Para la empresa que vende a crédito, solo se puede usar el confirming si el proveedor tiene contratado este servicio. 

Hay otras modalidades como el confirming pronto pago, cuya función es similar a la póliza de crédito pues el pago se realiza al contado para el proveedor, pero el titular difiere la fecha de factura asumiendo él los intereses. 

También hay que tener en cuenta que puede ser sin recurso (donde el titular una vez anticipa la factura, es el único que asume el riesgo de pago) o con recurso, donde tanto el titular como el proveedor son responsables en caso de impago, aunque la factura ya haya sido anticipada.

Estos avales no suelen mejorar el plazo de la operación, que como máximo es de 8 años en garantía persona, pero sí las condiciones, ya que, cuando menor es el riego, mejores condiciones se pueden negociar con quien presta la financiación.

Los pagarés, letras de cambio y otros documentos de pago se pueden llevar al banco para un cobro anticipado, mediante una comisión. El riesgo de impago recae sobre el titular, la entidad financiera se limita a adelantar el dinero.

En este caso, el titular presenta a su banco un justificante de los ingresos previstos (normalmente sus facturas de venta a crédito), para obtener el dinero por adelantado

Es un sistema muy parecido al descuento comercial, pero más sencillo, porque no depende recibir los efectos comerciales de los clientes, y no conlleva el pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

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